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Direccion de Desarrollo Comunitario Departamento Social |
El Sistema Previsional comprende el otorgamiento de los beneficios de pension basica solidaria (de vejez o invalidez), aporte previsional solidario (de vejez o invalidez) y bono por hijo nacido vivo . Los requisitos para postular son: 1) PBS de Vejez; tener mas de 65 años cumplidos, hombre o mujer, un puntaje de Focalizacion Previsional de menos de 1.206 puntos. 2) PBS Invalidez, acreditacion de la Com. Medica de su discapacidad , tener mas de 18 años 3 ) Aporte Previsional Solidario de Vejez: ser pensionado con mas de 65 años, hombre o mujer 4) Aporte Previsional Invalidez, ser pensionado por Invalidez |
No existen recursos asociados a la ejecucion del programa en la Comuna, que consiste en la postulacion directamente a la plataforma digital del IPS, de las personas que pueden acceder a los beneficios y la atencion y derivacion de consultas por pensiones. El trabajo del profesional encargado de la ejecucion esta dentro de sus funciones municipales. |
Enero a Diciembre 2018 |
Las solicitudes son evaluadas desde la plataforma computacional del IPS. El beneficio se hace efectivo desde la fecha de la postulacion |
La postulacion, otorgamiento y pago del beneficio es permanente. |
Financiar, con recursos del Estado, el otorgamiento de los beneficios de Pension Basica Solidaria, Pension Basica de Invalidez, Aporte Previsional de Vejez, Aporte Previsional de Invalidez, Bono por hijo nacido vivo. |
Ley |
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL |
20255 |
17/03/2008 |
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