Trámites de Obras

Trámites de Obras
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Juan Flores Pedreros
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Plaza de Armas 20
Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00

DEPARTAMENTO DE OBRAS MUNICIPALES

 

Secretaria: María Villagra Charcas.
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los documentos que se emiten en la Dirección de Obras Municipales en el cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcción, y Ordenanza Municipal.

1. Certificado de Informes Previos: es uno de los primeros documentos que se deben obtener antes de comenzar una obra o la regularización de esta. La relevancia de este radica en la información que este contiene, ya que se señalan las condiciones y limitantes que la normativa urbanística exige en el predio o terreno.

2. Certificado no Expropiación: Para la obtención de un certificado de No Expropiación, el interesado deberá contar con el Rol de la propiedad a consultar. Los roles de las propiedades se informan en los documentos de cobranza de las contribuciones o bien pueden ser solicitados en cualquier oficina del SII, presentando la dirección completa de la propiedad y su comuna.

3. Certificado vivienda económica: es aquella cuya superficie total construida es inferior a 140 metros cuadrados y reúnan los requisitos determinados en el DFL 2 de1959. Sin embargo, la consulta se refería a viviendas que no son construidas por el estado, sino por empresas particulares. Al respecto, existe un dictamen de la Contraloría General de la República que señala, respecto a la Certificación de la Vivienda Social.

4.      Permiso obra menor: El permiso de obra menor es el trámite que tiene por objeto autorizar la ejecución de modificaciones de edificaciones existentes que no alteran su estructura, o de reparaciones, alteraciones o modificaciones interiores.

Requisitos a cumplir:

- Debe cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

- Debe Cumplir con el plan regulador comunal.

- Debe Cumplir con la Ordenanza general de Urbanismo y Construcciones.

- Debe ser patrocinado por un arquitecto.
Antecedentes que se deben adjuntar en la presentación:
- Formulario de solicitud de obra menor.

- Certificado de informaciones previas.

- Declaración simple del arquitecto patrocinante sobre cumplimiento de las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General.

- Patente profesional del arquitecto patrocinante.

- Planos y especificaciones técnicas de aquellas partes del edificio que sufran cambios con respecto a los antecedentes primitivamente aprobados (3 copias).

- Presupuesto informativo de las obras correspondientes.
Derechos a cancelar:

1% del presupuesto de la obra.

5 .Permiso edificación(Obra Nueva, Ampliación mayor de 100 mts², Alteración, Reparación, Reconstrucción). Permiso mediante el cual el Director de Obras Municipales respectivo, autoriza la petición de un usuario para construir en el espacio de una comuna. Sin este no podrá iniciarse obra alguna.

Para obtener un Permiso de Edificación debes presentar una Solicitud de Permiso de Edificación.

La Dirección de Obras Municipales tendrá un plazo de 30 días, contados desde la fecha de ingreso de la solicitud, para pronunciarse sobre los permisos solicitados.

No podrá iniciarse obra alguna antes de contar con el permiso o autorización de la Dirección de Obras Municipales correspondiente, con excepción de aquéllas expresamente señaladas en el artículo 5.1.2. de la OGUC.